Asociación Campesina del Catatumbo
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Tutela contra la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo fue declarada improcedente
 

La Asociación Campesina del Catatumbo comunica que el 19 de mayo del año en curso el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta falló como improcedente la acción de tutela interpuesta contra el proceso de Zona de Reserva Campesina del Catatumbo (ZRC-C) por una supuesta violación de los derechos del pueblo Barí.

Este fallo desvirtuó múltiples acusaciones que se hicieron contra el proceso de la ZRC-C, entre las cuales nos permitimos destacar las siguientes:

- El Tribunal afirmó que el proceso de constitución de la ZRC-C no representa “perjuicio irremediable” contra los derechos del pueblo Barí, dando al traste con ello a las afirmaciones imprecisas y descontextualizadas que fueron difundidas por medios de comunicación de nivel nacional y en donde se aseguró que la ZRC-C “provocaría el exterminio definitivo” del pueblo Barí.

- Los magistrados reconocieron que la propuesta de ZRC no afecta territorios indígenas constituidos ni sus solicitudes de ampliación. En su sentencia indicaron que “no se evidencia traslape con los resguardos indígenas o con solicitudes de ampliación de territorios pertenecientes a comunidades étnicas”; esto desmiente a quienes malintencionadamente aseguraron que la ZRC-C cercenaba partes de los resguardos del pueblo Barí.

- Se indicó que existen otras vías adicionales a las judiciales para la discusión de los derechos del pueblo Barí y de las comunidades campesinas. Para los falladores, “existen unas instancias idóneas” en las cuales se pueden discutir y exponer las inquietudes del pueblo Barí, esto a nuestro modo de ver mantiene abierta la posibilidad de que las comunidades campesinas y el pueblo indígena Barí puedan concertar en el marco de la mesa intercultural del Catatumbo un proyecto intercultural de territorio.

Así las cosas, este fallo dejó al gobierno nacional sin excusas para mantener el veto ilegal contra la ZRC de catatumbo; ahora, es el gobierno nacional a través del INCODER, quién se encuentra en la obligación de cumplir la Ley 160 de 1994 y dar continuidad al proceso de constitución de la ZRC-C, respetando, como lo hemos exigido siempre, los derechos de las comunidades indígenas y campesinas a la tierra y el territorio.

Con este fallo se agota el eufemismo con el que el gobierno pretendió aplazar la declaración de la ZRC-C, desde Ascamcat consideramos que es hora de dar lugar a los derechos del campesinado catatumbero y no aceptamos más dilaciones injustificadas por parte del INCODER. Por ello, exigimos que como un como ejercicio de respeto y ponderación equitativa de los derechos del pueblo Barí y las comunidades campesinas se dé inmediatamente la constitución de la Zona de Reserva Campesina del Catatumbo en los polígonos que, como se probó en juicio, no afectan los resguardos Barí ni sus solicitudes de ampliación, pero que sí representan un importante reconocimiento y materialización de derechos de las comunidades campesinas de la región.

De igual forma extendemos y reiteramos nuestro llamado al hermano pueblo Barí para que continuemos los diálogos en la Mesa Intercultural del Catatumbo y para que juntos construyamos una visión intercultural del territorio.