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Paramilitares del Bloque Tolima condenados por graves violaciones contra los derechos humanos
Corporación Reiniciar / Miércoles 11 de junio de 2014
 

La Corporación Reiniciar destaca la importancia de la sentencia condenatoria contra el Bloque Tolima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) que durante años azotó ese departamento.

La sentencia proferida el 19 de mayo de 2014 por el Tribunal del Distrito Judicial de Bogotá (Sala de Justicia y Paz) sanciona el atroz accionar de este grupo paramilitar del que fueron víctimas 45 personas, entre ellas militantes y dirigentes de la Unión Patriótica (UP).

La Corporación Reiniciar representó a varias víctimas del Bloque Tolima que sembró el terror en el departamento del Tolima durante varios años en que la población del departamento del Tolima no tuvo sosiego.

Entre los años 1999 y el 2005, el Bloque Tolima de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tuvo influencia en 30 de los 47 municipios del Tolima en la zona Sur y Sur oriente. Hizo presencia en municipios tales como Guamo, San Luis, Valle de San Juan, Ortega, Chaparral, Rioblanco, San Antonio, Roncesvalles, Planadas, Ataco, Natagaima, Purificación, Prado, Dolores, Cajamarca, Ibagué, Espinal, Melgar, Icononzo, Carmen de Apicalá, Flandes y Coello.

En la zona Norte, el Bloque Tolima estuvo presente en los municipios de Piedras, Alvarado, Venadillo, Santa Isabel, Murillo, Lérida, Ambalema y Líbano desde mayo de 2002 hasta abril de 2005.

Durante su existencia, el Bloque Tolima cometió graves delitos contra la población en casi todos los municipios del Tolima y por estos hechos el Tribunal del Distrito Judicial de Bogotá (Sala de Justicia y Paz) condenó a sus miembros.

Los condenados son Jhon Fredy Rubio Sierra, alias “Mono Miguel”; Óscar Tabarez Pérez, alias “Frutiño”; Iván Paternina-Juancho”; José Adalbert Upegui Cruz, alias “Osama”; Yoneider Valderrama Chacón, alias “Andrés”; Chovis José Toral Garcés, alias “Montería”; Édgar González Mendoza, alias “Machete”; Giovanny Andrés Arroyave, alias “El Calvo o Empanada”; Hernán Darío Perea Moreno, alias “El Chino” y Norbey Ortiz Bermúdez, alias “Rosita o Urabá”, integrantes del Bloque Tolima de las Autodefensas Unidas de Colombia AUC.

Los crímenes cometidos por los integrantes del Bloque Tolima fueron: concierto para delinquir, homicidio en persona protegida, homicidio agravado, desaparición forzada, tortura contra persona protegida, desplazamiento forzado de población civil, destrucción y apropiación de bienes protegidos, secuestro simple agravado, violación de habitación ajena, reclutamiento Ilícito y la simulación de investidura o cargo público.

Los acusados fueron condenados antes de la publicación de esta sentencia, por varios juzgados penales, a penas superiores a 20 años de prisión pero éstas fueron acumuladas jurídicamente a en este fallo.

Por esta razón, de conformidad con la Ley 975 de 2005, de Justicia y Paz, se suspendió la ejecución de la pena de prisión y en su lugar se les impuso una pena alternativa de ocho años de prisión.

Asimismo, los acusados fueron condenados, entre otras cosas, a pagar los daños y perjuicios materiales e inmateriales, ocasionados por sus delitos; aun cuando los acusados expresaron durante el proceso su insolvencia económica para reparar económicamente a las víctimas.

Entre tanto, con miras a una reparación simbólica los acusados deberán ofrecer disculpas públicas y pedir perdón a las víctimas, directas e indirectas, por cada uno de sus crímenes pero sin evadir su responsabilidad o justificar su conducta como lo hicieron durante el transcurso de la investigación.

Ésto, dice la sentencia, deberá realizarse en el marco de una conmemoración en la que el ex comandante del extinto Bloque Tolima, Diego José Martínez Goyeneche, asuma la responsabilidad por las agresiones y violaciones a los derechos humanos cometidos en este departamento. (Estas manifestaciones deberán publicarse en un diario de circulación nacional).

En su fallo, el Tribunal del Distrito Judicial de Bogotá exhortó a la Fiscalía General de la Nación para que en aras del derecho a la verdad y garantías de no repetición, haga seguimiento a las investigaciones y posteriores diligencias judiciales con el fin de establecer quiénes son los autores intelectuales y la participación de miembros de la fuerza pública en la comisión de estos delitos.

También este tribunal, exhortó al Centro Nacional de Memoria Histórica para que en honor al esclarecimiento de la verdad, las garantías de no repetición y el cumplimiento del principio 37, para la protección y la promoción de los derechos humanos -mediante la lucha contra la impunidad- elabore y publique una investigación.

Dicha publicación deberá caracterizar cuáles y cómo fueron las expresiones para-estatales y contra estatales que se manifestaron en el departamento del Tolima durante los años comprendidos entre lo que se denominó La Violencia y el Frente Nacional. Esto fue propuesto con el fin de caracterizar lo que, posteriormente, fue el fenómeno del paramilitarismo en Colombia.

La Corporación Reiniciar expresó durante el transcurso del juicio su preocupación, por lo que considera una justicia o reparación insuficiente que no compensa el daño sufrido por las víctimas.

También es importante aclarar que a pesar de que el Bloque Tolima se desmovilizó, el 22 de octubre de 2005, la Fiscalía confirmó la reaparición de cinco organizaciones paramilitares en el Tolima: el Bloque Pijao, el Bloque Héroes, los Conquistadores del Tolima, las Águilas Negras, los Rastrojos y el Señor de la B.

Finalmente, la Corporación Reiniciar destaca también de esta sentencia, el esfuerzo por presentar un análisis de contexto geográfico e histórico del departamento del Tolima en las 436 páginas que comprende la misma.