Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra
:: Magdalena Medio, Colombia ::
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La ACVC se pronuncia sobre la declaración de constitucionalidad de las zonas de reserva campesina
 

El pasado 12 de julio la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró que los capítulos 79, 80, 81, 82, 83 y 84 de la ley 160 de 1994, que hacen referencia a las Zonas de Reserva Campesina, son ajustados a la ley. El pronunciamiento de la Corte responde a una demanda de constitucionalidad que señala equivocadamente que dichos artículos no fueron consultados con las comunidades indígenas y que no contemplan la realización de la consulta con dichos pueblos antes de la creación de una Zona de Reserva Campesina.

Con la declaratoria de constitucionalidad, la Corte Constitucional dejó claro que antes de declarar una Zona de Reserva Campesina debe examinarse si hay comunidades indígenas o tribales, de ser así, debe garantizárseles a estos pueblos el derecho a la consulta previa; en la práctica, esto ya se ha venido haciendo por parte del movimiento campesino en cada una de las regiones en las que se ha impulsado esta figura legal.

Este pronunciamiento de la Corte es de suma importancia por cuanto deja claro que la figura de Zonas de Reserva Campesina no pretende entrar a disputar los territorios ancestrales de las comunidades indígenas y afrodescendientes, como algunos interesados en generar divisiones al interior del movimiento por la tierra lo han querido mostrar. Por el contrario, es un avance en el reconocimiento del derecho de los campesinos y campesinas a la tierra y el territorio.

La Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra (ACVC) saluda esta responsable decisión de la Corte Constitucional que permitirá seguir avanzando en el reconocimiento del campesinado como sujeto político y en la construcción de un campo incluyente, productor de alimentos y en el cual se pueda construir la paz con justicia social.

Hay un interés en mantener el desconocimiento existente sobre la figura de Zonas de Reserva Campesina, pues esto ha permitido que sectores ligados al latifundio especulen sobre lo que son y no son estas figuras legales, que de acuerdo a lo que señala la ley buscan la estabilidad campesina mediante la formalización de la propiedad rural, el fomento de la producción agrícola y el freno a la concentración de tierras. Este último aspecto es quizás el que más inquieta al sector latifundista que por décadas se han dedicado a aumentar sus rentas y propiedades a partir de la violencia y el despojo sistemático de miles de campesinos y campesinas.

Desde la ACVC creemos que aún hay pocos avances frente a la deuda histórica del Estado colombiano con los campesinos y campesinas del país, pero estamos seguros de que las Zonas de Reserva Campesina son un gran paso en el reconocimiento del derecho a la tierra y el territorio que por tantos años nos ha sido negado. Las Zonas de Reserva Campesina son un paso hacia la paz con justicia social.