Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Sin ampliación del fuero militar: Algunas reflexiones
Agencia Prensa Rural / Sábado 26 de octubre de 2013
 

Del fallo emitido por la Corte Constitucional, declarando inexequible la reforma al Fuero Penal Militar, se pueden sacar dos conclusiones; por un lado, la idea de que una de las ramas del poder no está dispuesta a que organismos de justicia internacional entren a juzgar al Estado colombiano por su ineficaz manejo y prevención sobre casos de violación al derecho internacional humanitario y los derechos humanos. Por otra parte, queda la percepción de que esa misma rama del poder estaría dispuesta a despejar y contribuir para la construcción de caminos hacia la paz.

Una de las razones esbozadas por los demandantes de la reforma al fuero penal militar, se sustentaba en razones meramente de carácter internacional y advertía sobre los perjuicios que acarrearía dicha reforma. Iván Cepeda, uno de los demandantes, señalaba en su momento: “Esta reforma claramente incorpora vicios de inconstitucionalidad y nos pone en el ojo del huracán frente a los organismos internacionales de defensa de los derechos humanos.”

Pese a que dicha reforma planteaba que los llamados falsos positivos, como han sido llamados los casos de ejecuciones extrajudiciales, quedarían en manos de la justicia ordinaria, y que está también asumiría todos los delitos de lesa humanidad cometidos por miembros de la Fuerza Pública como genocidio, desaparición, violencia sexual, ejecución extrajudicial, tortura y desplazamiento, era claro que su aprobación se convertía en retroceso a los avances conseguidos por los acercamientos y diálogos de paz entre el gobierno y la insurgencia.

La propuesta de creación de un Tribunal de Garantías, integrado por cuatro miembros de la Fuerza Pública en retiro y cuatro jueces ordinarios elegidos por el presidente de la República mediante una terna, con la tarea de decidir qué tipo de competencia judicial asumiría un caso de infracción de un integrante de la fuerza pública, así como la propuesta contenida en el polémico artículo sobre el “Blanco Legitimo”, donde miembros de la fuerza pública podrían atacar sin el menor reparo a la población civil, cuando consideraran que esta “colabora o actúa en defensa” de un grupo armado, dejan mucho que desear sobre las verdaderas intenciones de paz del actual gobierno encabezado por Juan Manuel Santos y su ministro de guerra Juan Carlos Pinzón.

El fallo de la Corte Constitucional, controvierte los deseos de paz del Gobierno Santos. No es congruente con una política de paz el hecho de que se proponga una reforma a la constitución para con ello brindar una supuesta seguridad y estabilidad jurídica a los integrantes de la fuerza pública que actúan en el marco del conflicto social y armado, cuando lo que se quiere es acabar con ese conflicto.

La demanda presentada por los congresistas Iván Cepeda Castro, Germán Navas Talero, Ángela María Robledo y Guillermo Rivera Flores, los juristas Ramiro Bejarano y Santiago Medina, la ONG Comité de solidaridad con los presos políticos y la Comisión Colombiana de Juristas, debela las verdaderas intenciones de este gobierno y del aparato militar del Estado colombiano.

Con este triunfo obtenido en los tribunales, se deja un precedente de que no bastan las buenas intenciones, sino que lo que importan son los hechos. Santos y toda la clase representada en él, deberán darse cuenta de que aquí en el país algunas cosas están cambiando y que hasta el mismísimo poder jurídico ya está hastiado de tanta guerra y barbarie en nombre de la libertad.