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Efromovich continúa ocupando baldíos reclamados por campesinos de la Hacienda Bellacruz
Una resolución del Incoder revoca decisiones que habían favorecido a las comunidades campesinas de la antigua Hacienda Bellacruz (Cesar), en la reclamación de 1.200 hectáreas de tierras baldías, de las cuales fueron despojados por grupos paramilitares
Agencia Prensa Rural / Lunes 9 de marzo de 2015
 

La decisión del Incoder le concede a la empresa Dolce Vista, de propiedad de Germán Efromovich, la tenencia de los predios en cuestión y devuelve el proceso a como estaba hace 25 años.

La Resolución Efromovich (334 del 19 de febrero de 2015 del Incoder), deja sin efecto decisiones anteriores del Incoder y del antiguo Incora, logradas a través de un proceso de clarificación de la propiedad y de recuperación de baldíos, que determinaron que dentro de la antigua Hacienda Bellacruz, existían al menos 1.200 hectáreas baldías de la Nación.

Con esta decisión, el Incoder favorece a la La Dolce Vista -LDV- sociedad de capital mixto creada en Panamá y dedicada al desarrollo, siembra y extracción de aceite de palma en Colombia. La cual hace parte de una compleja cadena de empresas que conforman una sociedad transnacional, que para el caso concreto se encuentra radicado en el grupo brasilero Sinergy, en cabeza de German Efromovich.

Es importante precisar que el acaparamiento de la Hacienda Bellacruz, hoy Hacienda la Gloria existe una historia de despojo, lograda a partir del desplazamiento de 13 veredas campesinas, del asesinato de sus líderes, de argucias jurídicas y de una fuertísima arremetida paramilitar. Los campesinos que han denunciado el caso y quienes siguen solicitando la recuperación de baldíos para ser entregados a ellos como sujetos de reforma agraria lleva más de 25 años.

Ésta acción es una muestra más de las actuacioness del Gobierno dirigidas a favorecer los intereses particulares de grandes empresarios, en detrimento de los derechos del campesinado, las cuales concuerdan con el “proyecto de ley Urrutia - Lizarralde” (ley 133/14 Cámara), y con las disposiciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo que afectan los derechos de las comunidades campesinas.