Agencia Prensa Rural
Mapa del sitio
Suscríbete a servicioprensarural

Policías detienen y torturan a dos campesinos en Argelia (Cauca)
 

De acuerdo con denuncias recibidas recientemente:

Integrantes del Comando de Policía Cauca del Estado Colombiano al mando del coronel LUIS JOAQUIN CAMACHO SARMIENTO, en desarrollo de la Doctrina de la Acción Integral y su Política de Consolidación de la Seguridad Democrática continúan desplegando acciones sistemáticas de terror de Estado en contra de humildes ciudadanos campesinos integrantes de la Organización Gremial Agraria - Asociación Campesina de trabajadores de Argelia “ASCAMTA.

Violando el principio de distinción y el carácter de protección que tienen los bienes civiles, culturales y religiosos, Policías del Estado colombiano del Comando de Policía Cauca se encuentran apostados permanentemente en destacamentos de guerra ubicados en la caseta comunal del casco urbano del corregimiento del Plateado y en la caseta comunal del corregimiento del Mango del Municipio de Argelia.

Como política de Estado, a través de la intimidación, represión y aniquilación de campesinos y sus organizaciones, el Estado Colombiano allana el camino para el desarrollo del modo de producción actual y el aniquilamiento de formas de producción comunitarias.

Los pobladores de la zona y sus organizaciones, continúan en riesgo humanitario, al habitar, hacer presencia y desarrollar acciones político - organizativas, en una zona en donde el capital mundial tiene intereses definidos, concretados en mega proyectos como el IIRSA (Iniciativa de Interconexión Regional de Suramérica), el proyecto ARQUIMEDES y lo contenido en la Ley 1151 de 2007, la cual expide el Plan nacional de desarrollo.

por lo tanto, responsabilizamos al estado colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, a la Gobernación del Departamento del Cauca en Cabeza de GUILLERMO ALBERTO GONZÁLEZ y a las fuerzas regulares (militares y de policía) del Estado Colombiano por las violaciones al DIDH y DIH en contra de los ciudadanos asentados en el Municipio de Argelia, en el Departamento del Cauca.

HECHOS.

Al sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Municipio de Argelia,

Martes 10 de Marzo de 2009

Casco urbano, Corregimiento de El Plateado, cerca de las 6:00 de la mañana, el ciudadano OSCAR GOMEZ ZAPATA, sale de su casa de habitación, a bordo de una motocicleta, en dirección a la finca de su propiedad de la cual regresa cerca de las 8:45 de la mañana.

Cerca de las 8:45 de la mañana, en momentos en que OSCAR GOMEZ, transitaba por la calle aledaña al matadero corregimental, perdió el control del vehículo automotor, y se fue contra un hueco. En los alrededores, se encontraban un grupo de diez Policías del Estado Colombiano, entre los cuales se encontraba el agente de apellido ALBAN, quienes al percatarse del hecho, se dirigieron al lugar en donde se encontraba OSCAR GOMEZ, y procedieron a apuntarle en la cabeza con sus fusiles de dotación, a señalarlo de ser guerrillero, y a decirle que estaba borracho (bajo el influjo de bebidas alcohólicas) y trabado (bajo el efecto de sustancias psicoactivas). Posteriormente, bruscamente lo esposaron con las manos hacia atrás y le robaron un reloj.

Luego el grupo de policías del Estado Colombiano, traslada al ciudadano OSCAR GOMEZ, al puesto de policía del corregimiento ubicado en la caseta comunal del Corregimiento de El Plateado.

En el lugar, el grupo de Policías del Estado Colombiano le ordenaron a OSCAR GOMEZ quitarse TODAS las prendas de vestir. Ante lo cual, OSCAR se quita la camisa y el pantalón y se niega a quitarse los pantaloncillos. Luego, OSCAR es esposado de sus dos manos a un tronco y un policía del Estado Colombiano en repetidas ocasiones le da golpes con la mano a la altura de la cara y lo señalo de ser guerrillero. Después de una hora OSCAR GOMEZ es puesto en libertad.

El examen médico legal dictamino que OSCAR GOMEZ ZAPATA, presentaba

1. Hematoma en tercio distal del antebrazo, miembro superior derecho el cual es alrededor de todo el miembro comprometido más o menos de 3 cm de diámetro.

2. Hematoma tercio distal brazo izquierdo en unión con el carpo alrededor de toda la extremidad de más o menos 1 cm de diámetro.

Y otorgo una incapacidad de diez días.

Sábado 14 de Marzo de 2009

Casco urbano del Corregimiento el Plateado, cerca de las 2:00 de la tarde, en momentos en que el ciudadano DIMAR CORDOBA QUINTERO se disponía a parquear un automotor (chiva). Se percato que había un obstáculo (guadua de subir y bajar) que impedía el acceso al parqueadero.

Pasados 20 Minutos, DIMAR CORDOBA le pregunta a un grupo de policías acantonados en el comando de policía del Plateado, sobre ¿Quién manejaba la guadua, si ellos o los civiles? Y ninguno de los policías le contesto.

DIMAR, procede a levantar el obstáculo (guadua) y entra el vehículo automotor (chiva) al parqueadero. Minutos más tarde ingresan al lugar tres policías del Estado Colombiano entre los que se encontraban el Cabo BOLAÑOS y los agentes NARVAEZ y LARGO, luego arriban al lugar dos policías más.

Uno de los Policías le dice a DIMAR que “él tenía que manejar la guadua, subir y bajar la guadua”. Segundos más tarde, Uno de los policías cogió por el cuello a DIMAR y lo golpeo, los demás policías se lanzaron en contra de DIMAR y lo golpearon en repetidas ocasiones.

Posteriormente el grupo de policías traslada a DIMAR a la caseta comunal, lugar en donde se encuentra acantonado un destacamento de policías, y le esposan la mano derecha a DIMAR, mientras tres de los cinco uniformados lo golpeaban con culatazos de fusil, otro policía le quita la correa (a DIMAR) y procede a golpearlo con la correa, mientras el otro (Policía) con la trompetilla del fusil le golpeaba la pierna derecha (a DIMAR).

Mientras los policías golpeaban a DIMAR, le decían que él “era comandante de la guerrilla”, le gritaban “guerrillero”. Posteriormente el ciudadano HENRRY CADENA, al ver el comportamiento de los policías indago sobre el porqué lo estaban golpeando, ante lo cual el grupo de policías dejaron de agredir a el ciudadano DIMAR, mas tarde, lo dejaron esposado y cerca de las 4:00 de la tarde lo dejaron en libertad.

El examen médico legal dictamino que DIMAR CORDOBA QUINTERO, presentaba

1. Cuello Base: Laceraciones varias en cara anterior de 3 cm por 0,3 cm de diámetro

2. Hematoma en la camisura derecha de la boca de 3 por 1 cm, con compromiso de la mucosa interna

3. Hematoma en apófisis mastoidea del lado izquierdo de más o menos 5 cm de diámetro.

4. Tres Hematomas en espalda lado izquierdo y derecho de más o menos 5 cm.

5. Hematoma en área lumbar de más o menos 15 por 7 cm de longitud y diámetro al parecer con correa.

Otorgando una incapacidad de diez días.

Ante el temor expresamente fundado de las comunidades por el accionar terrorista de las fuerzas regulares del Estado Colombiano en la cordillera occidental municipio del Argelia y ante el temor del núcleo familiar de los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO.

Señalando que

OSCAR GOMEZ ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía No. 76.329.452 de Popayán (Cauca). De 33 años de edad y profesión agricultor en la actualidad es integrante de la asociación Campesina de trabajadores del Municipio de Argelia “ASCAMTA”.

DIMAR CORDOBA QUINTERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 96.360.416 de Puerto Rico (Caquetá). De 33 años de edad y profesión agricultor en la actualidad es integrante de la asociación Campesina de trabajadores del Municipio de Argelia “ASCAMTA”.

RESPONSABILIZAMOS

Al estado colombiano, y en particular al Mayor General JUSTO ELISEO PEÑA SÁNCHEZ (III División del Ejército de Colombia), al comandante de Batallón de Infantería No. 8 “General José Hilario López”, al Brigadier General GUSTAVO ADOLFO RICAUTE TAPIA comandante del Comando de Policía del Sur Occidente colombiano y al Coronel LUIS JOAQUÍN CAMACHO SARMIENTO Comandante del Comando de Policía Cauca, por la acción omisiva y cómplice de serias violaciones a los Derechos Humanos cometidas por integrantes del las fuerzas regulares del estado colombiano en el municipio de Argelia. y en especial por la vida e integridad física de los humildes campesinos OSCAR GOMEZ ZAPATA Y DIMAR CORDOBA QUINTERO, asentados en la zona de operaciones de las unidades militares y policiales que dirigen.

EXIGIMOS

Responsabilidad estatal frente a la vida y la seguridad personal del núcleo familiar y en particular por los derechos a vida, la seguridad personal, la organización y el trabajo de los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)

· El cumplimiento de su mandato como veedores de que el estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.

AL ESTADO COLOMBIANO

· El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.

· Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Argelia en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado Colombiano.

· Adelantar las medidas necesarias para lograr Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la organización y el derecho al trabajo de los Ciudadanos del Municipio de Argelia en el Departamento del Cauca y en especial la de los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la Detención Arbitraria, la Tortura y los Señalamientos a que fueron Sometidos los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

A LA GOBERNACIÓN DEL CAUCA

· Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Argelia en el Departamento del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado Colombiano.

· Adelantar las medidas necesarias para lograr Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la organización y el derecho al trabajo de los Ciudadanos del Municipio de Argelia en el Departamento del Cauca y en especial la de los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la Detención Arbitraria, la Tortura y los Señalamientos a que fueron Sometidos los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

· Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, la libre movilidad, la organización y el derecho al trabajo de los Ciudadanos del Municipio de Argelia en el Departamento del Cauca y en especial la de los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la Detención Arbitraria, la Tortura y los Señalamientos a que fueron Sometidos los ciudadanos colombianos OSCAR GOMEZ ZAPATA y DIMAR CORDOBA QUINTERO

SOLICITAMOS

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)

· En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.

INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTA AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA

INSTITUCIONES A DONDE SE DEBEN DIRIGIR

ALVARO URIBE VELEZ
Presidente de la República
Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax. 5662071
auribe@presidencia.gov.co

FRANCISCO SANTOS
Vicepresidente de la República
Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C.
fsantos@presidencia.gov.co

JUAN MANUEL SANTOS
Ministro de la Defensa
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
siden@mindefensa.gov.co
infprotocol@mindefensa.gov.co
mdn@cable.net.co

FABIO VALENCIA COSIO
Ministro del Interior y de Justicia
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
Fax. 2221874
ministro@minjusticia.gov.co

MARIO IGUARAN
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22B No. 52-01 Bogotá D.C.
Fax. 570 20 00
contacto@fiscalia.gov.co
denuncie@fiscalia.gov.co

WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
Calle 55 No. 10 – 32 Bogotá D.C.
Fax. 640 04 91
defensoria@defensoria.org.co
secretaria_privada@hotmail.com

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.
anticorrupción@presidencia.gov.co
reygon@procuraduría.gov.co

CARLOS FRANCO
Programa Presidencial De Derechos Humanos Y De Derecho Internacional Humanitario.
Clle 7 N° 5 – 54 Bogotá D.C.
Fax. 337 46 67
cefranco@presidencia.gov.co
fibarra@presidencia.gov.co

NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es