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La trampa mortal de las amnistías
Los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad están negando las peticiones de libertad argumentando falsamente que el prisionero no está en la lista que debían de haber aportado las FARC-EP o que la organización no ha hecho llegar tal listado a través de los conductos estatales.
Brigada jurídica Eduardo Umaña Mendoza / Sábado 28 de enero de 2017
 
Prisioneros de las FARC-EP.

El pasado 30 de diciembre de 2016, el Congreso de Colombia, en virtud del procedimiento legislativo especial para la paz, expidió la ley 1820, por medio de la cual se dictan disposiciones sobre amnistías e indultos y tratamientos penales especiales y otras disposiciones.

Los presos políticos colombianos creían que una vez se firmara la mencionada ley iban a obtener su libertad después de haber pagado largas condenas, tal como lo establece el artículo 18 de la mencionada ley en su párrafo final:

“Respecto de los integrantes de las FARC-EP que por estar encarcelados no se encuentren en posesión de armas, la amnistía se aplicará individualmente a cada uno de ellos cuando el destinatario haya suscrito un acta comprometiéndose a no volver a utilizar armas para atacar el régimen constitucional y legal vigente”.

Pero hasta el momento los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad (Jepms) han colocado una trampa mortal, que consiste en exigir que el preso esté en los listados que debía haber aportado la organización insurgente.

Situación que se cae de piso cuando leemos el artículo 17 de la ley de marras en sus numerales 1, 3 y 4. Es decir: lo importante es que la providencia judicial demuestre la pertenencia o colaboración con las FARC-EP, o se deduzca de la investigaciones o por otras evidencias que fueron investigados o procesados por su pertenencia a las FARC-EP.

En conclusión los Jepms tienen los expedientes donde consta tal situación y solo basta con confirmar para que el prisionero fariano sea beneficiado con su amnistía de iure.

Lo cierto es que los Jepms están negando las peticiones de libertad argumentando falsamente que el prisionero no está en la lista que debían de haber aportado las FARC-EP o que la organización no ha hecho llegar tal listado a través de los conductos estatales.

Gravemente, los Jepms están violando los principios establecidos en la mencionada ley en lo que tiene que ver con su artículo 11, principio de favorabilidad; integralidad, artículo 6; prevalencia, artículo 7; reconocimiento del delito político, artículo 8; entre otros.

Pero lo más grave de todo es que estos Jepms son los mismos que les han negado sus beneficios administrativos, sus tutelas, los que a través del carrusel de las libertades cobran sumas millonarias por los trámites que a veces duran hasta seis y más meses. Entonces graves problemas se van a presentar para implementar la amnistía a todos los presos políticos según cada caso, pues en algunos otros ni siquiera aparecen los expedientes. Otros funcionarios administrativos no reciben las peticiones porque los procesos de multas, sanciones, disciplinarias o fiscales están archivadas.

Con todo ese desgreño administrativo y corrupción vamos a tener serios problemas para aplicar la amnistía y esto debe llamar la atención de los plenipotenciarios de las FARC-EP y el Gobierno nacional para tomar urgentes medidas al respecto. Los listados no pueden ser un cuello de botella para negar la aplicación de la amnistía. Debe haber serias instrucciones jurídicas que puedan aplicarse sin tantas dilaciones ni trámites burocráticos.

Por ejemplo, que el Consejo Superior de la Judicatura designe Jepms en las cárceles y penales que faciliten los trámites con la veeduría de delegados de las partes, que se inicien las investigaciones disciplinarias al respecto sobre los casos recientes donde de una manera arbitraria se niega la aplicación de la amnistía, como el del sexto de Jepms de Antioquia.

O tal vez los presos farianos tendrán que organizar con los familiares y amigos nuevas jornadas de protesta para exigir el cumplimiento de la amnistía, pues todo parece indicar que el Gobierno no tiene mucho interés en orientar a sus subalternos para que apliquen la ley sin que pase por el filtro de la corrupción y el carrusel de la rama judicial.