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Opinión
El campesino como sujeto político
Con la implementación de los acuerdos de La Habana podrá ser una realidad gran parte del reconocimiento del campesinado, del acceso a la tierra, de planes nacionales y de otro tipo de compromisos que podrán generar verdaderas condiciones de dignidad y buen vivir para millones de campesinos.
 

Luego que la Constitución Política de 1991 acorralara jurídicamente al campesinado de nuestro país con la figura de trabajador agrícola, las organizaciones campesinas han venido luchando por su reconocimiento político y jurídico en la legislación colombiana.

Tal es el caso de la ley 160 de 1994, que dio por vez primera la posibilidad de que este sector de la sociedad tuviera una manera propia de organización social y política en sus territorios: las zonas de reserva campesina.

Esta ley, que deja entrever algunas aspiraciones del campesinado, también muestra el avance del Estado por continuar en su propósito de acabar con estos, con mecanismos como las zonas de desarrollo rural, en la que tienden a proletarizar a quienes a lo largo de la historia se mantienen dueños del medio de producción: la tierra.

Han sido largos años de lucha, de disputa política por el reconocimiento de los derechos campesinos, por la inclusión de estos como parte esencial de la vida política, económica y social del país: la inclusión de estos como sujetos de derechos en las leyes, el reconocimiento de la economía campesina como eje diferente a la economía capitalista, y el territorio y la territorialidad como proceso social democrático en sus regiones, son algunos aspectos que dejan ver sus aspiraciones.

La problemática del campesinado en nuestro país es una muestra del avance del capital a nivel internacional por acabar con este importante sector. Ante ello, La Vía Campesina, organización internacional que ha logrado articular las luchas en cada país, han conseguido lograr que en la ONU se reconozcan los derechos de los campesinos tal como lo expresan en el 2013, en un articulado de más de diez puntos que contienen:

“a. que es un campesino, b. sus derechos, c. derecho a la vida y nivel adecuado, d. derechos a la tierra y el territorio, e. derechos a las semillas y al saber y la práctica profesional, f. derecho a medio de producción agrícola, g. derecho a la información, h. libertad para determinar el precio y el mercado para la producción agrícola, i. derecho a la protección de los valores en la agricultura, j. derecho a la diversidad biológica, k. libertad de asociación, de opinión y de expresión; y l. Derecho al acceso a la justicia”.

Aún faltan muchos aspectos para lograr un verdadero reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, que inclusive así haya algunos elementos estipulados por ley, los gobiernos de turno y sus asesores han torpedeado los procesos campesinos, como sucedió con el documento del gerente nacional del Incoder donde expresó que las zonas de reserva campesina entran en un proceso de pausa, buscando retroceder las ganancias de estas comunidades rurales.

Hoy, con la implementación de los puntos 1 y 4 de los acuerdos de La Habana, podrá ser una realidad gran parte del reconocimiento del campesinado, del acceso a la tierra, de planes nacionales y de otro tipo de compromisos que, siendo una realidad, podrán generar verdaderas condiciones de dignidad y buen vivir para millones de campesinos y campesinas en el país. Por ello, la fuerte movilización de las comunidades rurales debe ser una constante que permita disputar sus derechos y la democracia en las calles.