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Impactos del acuerdo de libre comercio entre Colombia y la Unión Europea en las comunidades campesinas
Corolario de victorias comerciales
Ponencia presentada en las VIII Jornadas de la Taula catalana por la paz y los derechos humanos en Colombia: Derechos Humanos y Tratados Comerciales. Barcelona, Abril 16 de 2010
Claudia Johana Cáceres / Miércoles 21 de abril de 2010
 

0. Presentación:

Hay quienes obtienen victorias justo donde inician las tragedias humanitarias.

Los triunfos de la modernidad, de la apertura económica y del libre comercio en la historia colombiana, continúan significando tragedias humanitarias para las comunidades campesinas, las mismas que han logrado sobrevivir y sobreponerse en medio de la guerra y del desplazamiento forzado.

La victoria de un Acuerdo de libre Comercio de Colombia con la Unión Europea significa retrocesos políticos y jurídicos en materia de Derechos Civiles y Políticos, en los cuales encuentran fundamento las demandas por condiciones materiales básicas de subsistencia, y demandas políticas de las comunidades campesinas por el derecho al territorio y a la vida digna.

El acuerdo en mención define los términos del proceso de adecuación de nuestro país a las demandas del mercado mundial, concretamente a las necesidades de las empresas transnacionales; este no es más que la concreción técnica y metodológica para realizar dicha adecuación en tiempo, precios, y ramas de la producción.

Pero más allá de ser un instrumento técnico comercial, que es como se nos presenta a la vista; el mismo es la ratificación y consolidación en la práctica de acuerdos políticos y económicos pre-existentes; de un modelo de desarrollo fundamentado en el neoliberalismo y el libre comercio.

Con el negociado Acuerdo de Libre Comercio entre el gobierno Colombiano y países de la Unión Europea no iniciará la crisis económica, social y ambiental, sino que se acentuará, en un proceso de estrategias globales de negocios, cuya materialización ha tenido impulso y consolidación en la legislación interna; abonando el terreno propicio para las violaciones a los derechos humanos y el fomento de la crisis humanitaria.

El preámbulo del Acuerdo1 negociado con los países nórdicos, existe la clausula, que es tipo estandar, en la cual reafirma “su compromiso a la democracia, el estado de derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales de conformidad con sus obligaciones bajo el derecho internacional, incluyendo los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, lo cual no dejaría de ser destacable, sino fuese porque en la totalidad del texto, no vuelve a aparecer ni tan solo la expresión Derechos Humanos, los derechos aparecen relacionados con el comercio y con la propiedad intelectual; no refiere ningún elemento que permita darle operatividad, seguimiento o sanciones a quienes cometan violaciones. Tampoco plantea que los Pactos Internacionales de Derechos Humanos prevalecerán sobre el Acuerdo Comercial, en caso de que su implementación derive en violaciones a los mismos.

Si bien el Acuerdo reafirma su compromiso con los Derechos Humanos, también es enfático en precisar que se construye “sobre la base de sus respectivos derechos y obligaciones bajo el Acuerdo Marrakech que establece la OMC y los demás acuerdos negociados bajo dicho marco y otros instrumentos multilaterales y bilaterales de cooperación”2. En el desarrollo del texto se mencionan los acuerdos existentes desde 1995 administrados por la OMC; dejando implícita la jerarquía del libre comercio sobre el Derecho Internacional de Derechos Humanos.

Tal jerarquía, representa la privatización de los mismos; así la vida, los alimentos, el territorio y el ambiente se convierten en mercancías supeditadas a la capacidad adquisitiva de sus ciudadanos en un escenario de mercado único y uniforme. Los agentes representantes del Libre Comercio, es decir las Empresas Multinacionales, construyen una producción cuyo mercado requiere de una cultura de consumo homogénea y uniforme, que niega la diversidad.

El fondo de los Acuerdos de Libre Comercio son incompatibles con el verdadero respeto y salvaguarda de los Derechos Humanos. El libre comercio así implementado, niega que algunos bienes y servicios son constitutivos de derechos, como el agua, la salud, la educación, el territorio, entre otros; y como tal merecen tratamiento especial para garantizar el acceso a la mayoría de la población, y no como mercancía a la que es posible acceder en la medida en que se pueda pagar por ellos.

Tesis inicial:

El ALC suscrito, aún no vigente, entre el gobierno colombiano y países de la Unión Europea, que se nos presenta como una gran victoria comercial, constituirá la concreción de un modelo de desarrollo basado en el libre comercio que viene siendo implementado de manera gradual desde hace tres décadas, inevitablemente traerá graves consecuencias para las comunidades campesinas en materia humanitaria y de violación a los Derechos Humanos; dado su carácter excluyente e incompatible con las mismas.

1. Impactos del Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y la Unión Europea en las comunidades campesinas

Los impactos en las comunidades campesinas no vendrán poscierre de rondas o una vez puesto en marcha, ya que el Estado colombiano ha venido fijando las condiciones para remover los obstáculos al libre comercio y adecuar el marco normativo para las demandas del mercado mundial.

Para las comunidades campesinas el libre comercio impone un modelo de desarrollo que no solamente es incompatible con la esencia de su realidad y su práctica campesina; sino que de manera excluyente y agresiva asigna a la gran propiedad y a la producción agroindustrial el fundamento del desarrollo rural.

Tal proyecto se construye hace tres décadas, modificando poco a poco la estructura agraria y demográfica de las zonas rurales, mediante el control territorial y de los recursos naturales. Dejando múltiples impactos sobre la Economía Campesina y la Soberanía Alimentaria; a nivel humanitario; a nivel territorial y ambiental; y en las mujeres campesinas.

2.1. Impactos en la Economía Campesina y la Soberanía Alimentaria:

Hasta donde se conocen los avances en las rondas de negociación, estas no han favorecido al sector agropecuario de la economía nacional, porque productos tipo exportación como el banano, el azucar y los lácteos no han salido muy librados comercialmente. Esto palabras más palabras menos es que estos negocios no son buenos para los ganaderos y los productores agroindustriales.

Si es este el panorama para ellos, ni que decir para los productores campesinos.

La economía campesina tiene características muy importantes a considerar:

Que es desarrollada por un 30% de la población.
Que tiene produce diversidad de alimentos durante todo el año.
Que esta producción proporciona unos niveles de ausuficiencia alimentaria a muchas comunidades, reduciendo la dependencia del mercado. Esto amortigua el problema de los bajos ingresos.
Precios baratos para los consumidores urbanos. No en vano el común de los colombianos compran alimentos en las plazas de mercado que llamamos galería.
Entre el productor campesino y el que vende en la plaza de mercado, también existen intermediarios, así tenemos más del 30% de la población integrada en este circuito económico.
Así que agudizar critica situación de la economía campesina afectarà no solamente a un 30% de la población rural, afectarà a la población urbana que está incorporada en esta economía y afectará un gran porcentaje de pobladores urbanos que acceden estos productos a bajo costo, afectando también la soberanía alimentaria.

El tema lechero es un ejemplo muy claro para ilustrar:

Decreto 616 de 2006 “por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercializa, expenda, importe o exporte en el país”. Con este el gobierno nacional pretende regular la venta de leche cruda, con la cual sobreviven más de un millar de colombianos en el campo y posibilitan el acceso de este producto a la canasta familiar a costos accesibles3.

Si bien el propósito del decreto 616 apunta a controlar la producción y el consumo nacional de la leche, entregándola a la empresa privada, sus consecuencias estarán sobre la fuente de ingresos de un número de productores e intermediarios, que supera las cifras de Fedegan; y de gran cantidad de consumidores tanto rurales como urbanos. Esto que podría beneficiar a los empresarios del sector, parece que no será posible en el marco del ALC.

El tema de la leche en el Acuerdo con la Unión Europea ha recibido fuertes críticas por parte de los grandes productores nacionales y empresarios como FEDEGAM, que manifiestan que no respaldan acuerdos de ese tipo, porque “los productores colombianos tendrían que competir en condiciones de desventaja frente a los de la Unión Europea, ya que esta región brinda subsidios y es la mayor productora y exportadora de leche del mundo” (Asociación Nacional de Productores de Leche, Analac) 4.

Si este el desafortunado panorama que plantea el Acuerdo para los empresarios, ni que decir lo que será para los productores campesinos.

Los “reglamentos técnicos”, que sustentan este tipo de normatividad basados en información científica, que plantean como objetivo la protección de la salud, la seguridad humana y el ambiente; representan obstáculos técnicos a los productores campesinos, que debe competir con los grandes productores quienes sí cuentan con el capital, la tecnología y la tierra disponible para ajustarse a tales lineamientos.

Los evidentes efectos de este tipo de normas, sustentadas en exigencias sanitarias, sobre la ya en crisis economía campesina y la soberanía alimentaria, como el arrebatar la producción de alimentos básicos de la dieta, para ser entregados a los empresarios de la agroindustria, limitando las posibilidades de acceso a estos y obstaculizar el acceso a los mismos alimentos a grandes masas de población, saltan a la vista, considerando además que en Colombia la agricultura no es subvencionada y que son los empresarios agrícolas quienes tienen posibilidad de acceder a los créditos.

Las exigencias sanitarias a la producción de alimentos bajo el concepto de inocuidad, no generaría rechazo en las comunidades campesinas, si fuese coherente en conservar los niveles de producción campesina, sin lesionar el empleo rural y/o fuente de ingresos de estas comunidades y no afectara el acceso a los alimentos esenciales en la dieta de comunidades rurales y urbanas. En términos de salud humana el criterio de “inocuidad” conllevará la exclusión de alimentos hasta ahora de fácil acceso a las comunidades más pobres, agravando las condiciones de salud de las mismas.

El desarrollo e implementación de toda esta normatividad, junto a la construcción de una nueva institucionalidad, produce el marco que elimina los Obstáculos al Comercio Internacional y genera los obstáculos a la economía campesina, excluyendo un sector importante en la economía nacional y en el abastecimiento alimentario del país en general.

Este escenario, pre ALC que contiene OMC y sus acuerdos; va en detrimento de los Derechos Económicos Sociales y Culturales; es lesivo con los Derechos Colectivos y del Ambiente. Su lógica de libre comercio va en beneficio de ganancia de las empresas europeas, a costo de la economía nacional y sobre todo a riesgo de eliminar la economía campesina, parcelaria y comunitaria, no sólo de comunidades campesinas, sino de indígenas y afrodescendientes.

2.2. Impactos para la mujer y la familia campesina:

Para nadie es secreto que la reproducción social de la vida cotidiana constituye un aspecto fundamental del sistema económico, pero ha sido relegada a la esfera privada, lugar desde el cual se invisibiliza y niega, manteniendo las tensiones y responsabilidades descargadas sobre las mujeres. De este modo la mujer termina por absorber los costos implícitos de los que se exime el Estado en su función pública y el sistema económico de que debiera derivar en desarrollo social.

Una de las condiciones que viven las mujeres campesina tiene que ver con la sobrecarga de trabajo productivo y de reproducción social no remunerado. La mujer lleva en sus espaldas la sobrecarga de trabajo que soporta la desigual distribución de la riqueza en el mundo, sobre carga que se acentuará con las rupturas territoriales y productivas impuestas en el libre comercio.

Los efectos sobre la economía campesina, la soberanía alimentaria, la transformación del territorio; acentuarán cada vez más esta carga sobre las mujeres quienes debe contener los tejidos familiares y comunitarios.

La destrucción de economías familiares y de autoconsumo, con la expropiación territorial, fomentará las migraciones de familias enteras o de viudas con sus hijos a las franjas de miseria de las ciudades; o la incorporación de sus miembros adultos y jóvenes como mano de obra barata a los proyectos agroindustriales o de venta de servicios.

El aumento de los niveles de desnutrición y desmejoramiento de la salud de la familia; con una infancia vulnerable a las inclemencias del medio social debido a la absorción de la mujer al flexible mercado laboral, o a su migración expuesta a la explotación doméstica y sexual; en el contexto de incremento de los niveles de pobreza y desmejoramiento de la calidad de vida de la familia, con la desarticulación y destrucción de familias, comunidades y procesos organizativos; seran las imagenes que ilustrarán la destrucción de formas de vida y de una cultura campesina.

En realidad lo único que garantizará a la mujer será convertirse en mano de obra barata disponible, desarticulando su familia y su cultura; agudizando los problemas aún no resueltos de la mujer campesina.

2.3. Impactos en el territorio, el ambiente y los recursos naturales:

Con el Acuerdo de Libre Comercio se establece una Zona de Libre Comercio, aspecto que se consolida con la implementación de los acuerdos de agricultura que Colombia ha suscrito con los países de la AELC de manera individual, adicionales al ALC.

Colombia posee características geográficas importantes que la convierten en una región estratégica para su inserción en la economía mundial. Sus corredores naturales como el Chocó biogeográfico y el Andino, con altos niveles de biodiversidad en especies endémicas de flora y fauna; sistemas montañosos, valles aluviales; sus altos regímenes de pluviosidad y de humedad; dos océanos constituyen algunas de ellas.

Nuestro país representa un potencial para la producción de materias primas fundamentales para la agroindustria como la palma africana, cítricos, cacao, especies maderables, entre otras. El aprovechamiento de tales ventajas existentes en la región, se realiza mediante la planeación del desarrollo, concretados en megaproyectos de infraestructura, agroindustria y de extracción, megaproyectos que implican la transformación integral del territorio, en su estructura biofísica, su vida social y cultural.

Los recursos mineros5, el agua6 y material genético se incorporan a la concepción acumulativa del capital transnacional, fundamentados en la bioprospección, biopiratería y las patentes de propiedad intelectual.

En la Declaración de Guadalajara emitida en la III Cumbre de Latinoamérica y el Caribe -UE realizada en México, en mayo de 2004, como mecanismo de valoración para iniciar la integración económica, hasta ese momento con la Comunidad Andina de Naciones CAN, se manifestó el respaldo a las megaobras de infraestructura impulsadas por el ALCA con los Estados Unidos.

“...Hacemos hincapié en el significado de los proyectos de infraestructura física como el Plan Puebla Panamá PPP e IIRSA para alentar la participación de las organizaciones financieras multilaterales y los inversionistas privados”. (Art.80). Obras que son vitales para garantizar los flujos comerciales de bienes y servicios.

La experiencia colombiana ha mostrado que la adecuación territorial y la apropiación de los recursos naturales para la implementación de megaproyectos, se ha apoyado en la violencia paramilitar y el desplazamiento forzado, con la posterior imposición de proyectos extractivos y/o de producción agroindustrial como algodón, cítricos, ganado vacuno y especialmente palma africana7; lo que no solamente ocasiona pérdidas ambientales sino que transforma las relaciones sociales y las construcciones territoriales de las comunidades locales.

“Diversos especialistas estiman que los paramilitares han asegurado la propiedad de 6.5 millones de hectáreas de tierra, por lo que se ha sostenido un doloroso proceso de contra reforma agraria en el país. Reforma que se concentra en departamentos como el César, Bolívar, Córdoba, Montería, Casanare y Magdalena Medio”8. Departamentos donde existen recursos minero energéticos, y la presencia de multinacionales. A lo que habría que adicionar la funcionalidad de la institucionalidad y sus reformas normativas en legalización de tal expropiación.

La estrategia del desplazamiento forzado, en el caso de Jiguamiandó y Curvaradó en Urabá Chocoano no deja de ser un precedente significativo implementada a través del terror paramilitar contra comunidades campesinas para el repoblamiento e imposición del proyecto productivo agroindustrial de la palma africana, con fines energéticos.

El observatorio de multinacionales de América Latina, en su boletín No.15 señaló “es un hecho que las zonas donde se produce el mayor desplazamiento en Colombia coinciden con aquellas que disponen de recursos estratégicos atractivos para la inversión extranjera”9.

Lo anterior demuestra la relación a fin entre violaciones a los Derechos Humanos, el desplazamiento forzado y los intereses del mercado mundial existentes en territorios donde habitan comunidades locales, ya sean campesinas, indígenas y afrodescendientes. ¿Qué podría hacer creer que la Zona de Libre Comercio con la U.E. sería diferente, cuando las empresas transnacionales europeas llevan tiempo asentadas en Colombia y algunas de ellas están vinculadas con violaciones a los Derechos Humanos?

De este escenario se deriva que para violar los Derechos Humanos, es decir para la puesta en funcionamiento de este proyecto de desarrollo excluyente y avallasador contra las comunidades campesinas; se agencian violaciones contra la vida, la libertad y la integridad personal.

2.4. Impactos a nivel humanitario:

Es evidente que en Colombia, asegurar el territorio y sus recursos para la explotación comercial, se ha realizado mediante el control militar, imponiendo una lógica de la guerra y de violaciones sistemáticas al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Sobre las comunidades campesinas pesan asesinatos, torturas, detenciones y allanamientos arbitrarios por parte del ejército so pretexto de combatir a la insurgencia. El conflicto social armado que vive el país, cuya confrontación militar la sufren las comunidades rurales; se ha convertido en un velo que oculta los intereses de las empresas extranjeras sobre los territorios y sus recursos; criminaliza a las comunidades campesina quienes son las víctimas directas del despojo y de la guerra, y las acusa de ser responsables de su propia desgracia; señalados de ser auxiliadores o miembros de la insurgencia; ocultando de esta manera los verdaderos beneficiarios de quienes agencian los crímenes y el desplazamiento forzado. La situación en general de los derechos humanos debe ser un contexto obligado para la puesta en vigencia de Acuerdos Comerciales.

El reciente informe del Reino Unido10 incluye a Colombia, junto con otros 20 Estados, en la lista que cada año elabora el Foreign Office sobre los países que cometen violaciones los derechos fundamentales. Menciona que “subsisten problemas estructurales que limitan el pleno disfrute de los derechos humanos, particularmente en relación con la exclusión, la marginalidad, la pobreza, la inequidad, la tenencia de la tierra, la impunidad y la falta de acceso a la justicia”. Ya es tradición que múltiples informes de Derechos Humanos manifiesten su preocupación por lo que sucede en Colombia, mientras los gobiernos de países europeos le dan la mano al gobierno colombiano por su “noble” gestión democrática.

El informe destaca el tema de los sindicalistas, 28 asesinados en el 2009; y las ejecuciones extrajudiciales, crímenes llevados a cabo por un número importante de unidades dentro de los militares, esto sumado a las amenazas a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia quienes han defendido la independencia del sistema judicial, evidencian el nivel de corrupción e impunidad existente en Colombia.

Casos de masacres, falsos positivos, desplazamiento forzado, una fosa común con dos mil cuerpos hallada recientemente en el departamento del Meta junto a una base militar, con la cual se vanagloria el éxito de las Fuerzas Militares, en un gobierno con el 30% de congresistas procesados por vínculos con el paramilitarismo. Todo lo anterior sucedido durante el gobierno de Álvaro Uribe, cuyo entonces ministro de defensa aspira a ser el nuevo presidente de la República, evidencian la responsabilidad por acción y omisión del Estado frente a la crisis humanitaria.

La implementación de acuerdos de este tipo, en un contexto como el colombiano con evidencias documentadas por organizaciones defensoras de Derechos Humanos, la Asociación de Estados Europeos de Libre Comercio debiera asumir mayor prudencia y atender los innumerables llamados de la sociedad civil colombiana y europea, y de parlamentarios europeos, de tomar con seriedad y en la medida justa la crisis humanitaria que vive el país, atendiendo el principio de responsabilidad compartida referida en los considerandos del documento marco “Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación” de 2003. Lo cual pasa por cuestionar la responsabilidad de las empresas multinacionales respaldas en instancias como la OMC y sus acuerdos, en la agudización del conflicto social armado y su crisis humanitaria.

Corolarios:

Para resumir los efectos del negociado ALC en las comunidades campesinas, se puede decir que las contradicciones y conflictos se profundizan en torno al control del territorio, los recursos naturales y los alimentos por parte de las Corporaciones Transnacionales Agropecuarias- CTA como representantes del capital transnacional en abierta oposición con las comunidades locales; en los que las CTA imponen un sistema mundial agroalimentario; concentrando la política agropecuaria, alimentaria y ambiental.

El peso estratégico del campo se sitúa en el desarrollo de una economía más compleja, la economía de recursos naturales y del territorio basado en el mercado de servicios ambientales, recursos genéticos, recursos productivos, mercado de tierras y las cadenas de producción agroindustrial con fines de exportación.

La transformación de la estructura agraria está en el centro de todo, se plantea una ruptura esencialmente territorial; por un lado la ruptura agricultura-territorio, con la desagrarización en la que la actividad económica no se centra en la producción agropecuaria sino que además de ser proveedores de materias primas y productos agrícolas, se diversifica a la oferta de mano de obra barata y venta de servicios ambientales.

La ruptura en la relación productor-consumidor, que une a los campesinos con la población urbana, una vez estos dejen de ser productores y proveedores de alimentos; pues los asuntos alimenticios tienden a ser controlados por corporaciones transnacionales; a la vez que las comunidades campesinas, antes productoras pasaran a ser consumidoras masivas, en una cultura homogénea con alta dependencia del mercado. Lo que considerando la flexibilización laboral y la precariedad del empleo arrojará una situación de inseguridad alimentaria.

La erosión cultural por la penetración de prácticas impulsadas a través del mercado, la pérdida de autonomía en el control y gestión de procesos económicos y políticos, dado que las transformaciones territoriales, económicas y sociales dependerán más de los intereses exógenos o de decisiones, adoptadas por lo general a un océano de distancia.

De otro lado; las demandas por tenencia de la tierra pierden su argumento, debido a que el productor no la necesitará, pues las comunidades rurales dejarán de ser productoras para convertirse en asalariados rurales.

De este modo se configura una nueva realidad para las comunidades campesinas con un modelo de desarrollo cuya incompatibilidad, obedece a que a diferencia de la OMC y sus representantes transnacionales, los campesinos ponen el acento en la humanidad y ellos en el mercado.

Tesis final:

La inexistencia de condicionamientos en materia de Derechos Humanos, por parte de la Unión Europea, para Colombia ante la puesta en marcha del Acuerdo de Libre Comercio, que deben pasar por los países de la Asociación Europea de Libre Comercio; perpetuará la impunidad, agudizarán la guerra interna que se vive en el país y profundizarán la violencia estructural, las problemáticas de las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes de desplazamiento forzado y violaciones a los Derechos Humanos que amenazan la pervivencia de estas formas de vida.

La puesta en marcha del ALC entregará el control territorial y sobre los sistemas de producción agroindustrial, alimentario y ambiental, en manos de las empresas extranjeras; acentuando los problemas de la mujer campesina, de desempleo, de pobreza rural, de cultivos de “uso ilícito” y la crisis humanitaria; lo que significa la destrucción de la economía y cultura campesina.

Este colocará un estandarte de victoria sobre el territorio expropiado donde se pretende sepultar con un canto a la bandera del Libre Comercio los sistemas tradicionales de producción y de abastecimiento alimentario junto a sus sociedades rurales. Las mismas que históricamente han desafiado la guerra ejercida en su contra, han demostrado su viabilidad, multifuncionalidad y capacidad de adaptación a las demandas y exigencias del mercado y potencial para proveer alimentos a la sociedad colombiana.

La entrada en vigor del ALC será el sello de notifíquese y cumpláse de la destrucción de la economía campesina y sus sociedades agrarias.

Notas:

1. El Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC (EFTA), se suscribió el 25 de noviembre de 2008 y fue aprobado por el Congreso de la República de Colombia mediante Ley 1372 del 7 de enero de 2010. http://www.mincomercio.gov.co/eContent/newsdetail.asp?id=6778&idcompany=7).

2. http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/legal_s.htm
Algunos de los Acuerdos Administrados por la OMC son los siguientes:
1. Acuerdo General de Comercio y Aranceles GATT.
2. Acuerdo General de Comercio de servicios.
3. Acuerdo de Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio. ADPIC
4. Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias AMSF.
5. Acuerdo Obstáculos técnicos al Comercio.
6. Acuerdo de Agricultura.

3. Las cifras de la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) la producción anual de leche es de 6.537 millones de litros, de los cuales 3.089 millones son producidas y distribuidas por la industria formal, 620 millones se quedan en las fincas y 2.827 millones de litros son circuladas por los ‘cruderos’ en el mercado informal. http://www.lasillavacia.com/historia/3662.Por: Lina Marcela Marín Moreno , 12 de agosto, 2009 .

4. Colprensa. Colombia: “TLC con Europa no debería firmarse”. Marzo 12 de 2010. http://www.bilaterals.org/article.php3?id_article=16935&lang=en

5. “Según las fuentes oficiales, a finales del año anterior el gobierno había entregado cerca de 5 millones de hectáreas en concesión a las empresas mineras transnacionales, y están solicitadas otras tantas, más de las que se están destinando para la agricultura. Al tiempo que la inversión extranjera en minería entre 2002 y 2009 aumentó en más de un 500%, el aporte al empleo se redujo” http://justiciaypazcolombia.com/.

6. Considerada en un bien transable y se reglamenta en la ley 142 de 1994 que señala que el servicio del agua es una industria.

7. La palma africana es considerada la materia prima óptima para la producción de biodiesel o combustible renovable.

8. ROMERO, Marco. Desplazamiento forzado, conflicto y Ciudadanía Democrática. Universidad Nacional de Colombia. CODHES.

9. Luis Alfredo Burbano, “Las multinacionales españolas en Colombia”. Boletín OMAL, nº 15, diciembre de 2005.

10. http://www.eltiempo.com/mundo/europa/ARTICULO-WEB-PLANTILLA_NOTA_INTERIOR-7428150.html

BIBLIOGRAFIA

- Burbano, Luis Alfredo. “Las multinacionales españolas en Colombia”. Boletín OMAL, nº 15, diciembre de 2005.

- Colprensa. Colombia: “TLC con Europa no debería firmarse”. Marzo 12 de 2010.

- Diagnóstico Integral Sector Trapiches Paneleros de Caldas. Organización para el Desempeño Empresarial Sostenible ODES – CORPOCALDAS. Manizales, Octubre 10 DE 2006.

- Fajardo, Dario y otros. El campesinado en la economía y la sociedad colombiana. 2002.

- Gomez, Sergio: ¿Nueva Ruralidad? Un aporte al debate. www.bibliotecavirtual clacso.org.ar/ar/libros/brasil/cpda/estudos/dezessete/gomez17.html

- GIARRACA,Norma. ¿Una Nueva Ruralidad en América Latina? CLACSO. Buenos Aires. 2001.

- Kosik, Karel. Dialéctica de lo Concreto. México, 1965.

- ROMERO, Marco. Desplazamiento forzado, conflicto y Ciudadanía Democrática. Universidad Nacional de Colombia. CODHES.

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- http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/legal_s.htm

- http://co.vlex.com/vid/resolucion-0002546-43212910#freetrial

- http://www.lasillavacia.com/historia/3662.Por: Lina Marcela Marín Moreno , 12 de agosto, 2009 .

- http://www.bilaterals.org/article.php3?id_article=16935&lang=en

- Recalca, Bogotá, noviembre 28 de 2009. Las negociaciones con la UE: todavía faltan unas genuflexiones. http://www.recalca.org.co/Las-negociaciones-con-la-UE.html
http://justiciaypazcolombia.com/.

- http://www.eltiempo.com/mundo/europa/ARTICULO-WEB- PLANTILLA_NOTA_INTERIOR-7428150.html