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Nueve años de prisión para Enilse López, ’La Gata’
Aunque fue absuelta por el delito de homicidio agravado y pagará su sentencia en reclusión hospitalaria por enfermedad muy grave, una jueza de Bogotá admitió los nexos de Enilse López con el paramilitarismo
El Espectador / Martes 1ro de febrero de 2011
 

“No existe duda alguna de la militancia de Enilse de Rosario López Romero, alias La Gata, en el grupo ilegal de las Autodefensas Unidas de Colombia para los años 2000 y siguientes, y se ha podido demostrar su trato cercano con los jefes máximos de la agrupación paramilitar, colaborando con sus pretensiones ilícitas”. Con estas palabras y por el delito de concierto para delinquir agravado, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó a nueve años de prisión a la polémica empresaria del chance en el departamento de Sucre.

Se trata de la primera sentencia en contra de Enilse López, alias La Gata, de quien la jueza observó que, de acuerdo con las pruebas allegadas al expediente, no sólo colaboró con las autodefensas desde 2000, sino que incluso se prolongó hasta 2003 —año en que se firmó el Pacto de Santa Fe de Ralito entre el gobierno de Álvaro Uribe y los grupos paramilitares—. La Gata fue capturada en febrero de 2006, pero hoy está amparada por la figura de la reclusión hospitalaria por enfermedad muy grave, beneficio que fue aceptado en la sentencia condenatoria.

El caso por el cual se llegó a esta condena tiene que ver con la muerte del vigilante Amaury Fabián Ochoa Torres, ocurrida el 12 de junio de 2000 en un peaje ubicado entre los municipios de Carmen de Bolívar y Ovejas. Según los relatos de los testigos, en momentos en que Ochoa laboraba en el peaje fue abordado por sujetos armados que le causaron la muerte. La razón de su asesinato, confesó tiempo después el paramilitar Luis Fernando Caro, alias Magencio, fue la presunción de que se trataba de un colaborador de la guerrilla.

Y fue precisamente este testimonio el que indirectamente llevó a la vinculación procesal de La Gata. No obstante, la jueza Séptima Penal Especializada de Bogotá admitió que por dudas en su declaración carece de pruebas que comprometan a Enilse López en el crimen. En consecuencia, la absolvió del delito de homicidio agravado. En cambio, alias Magencio fue condenado a 260 meses de prisión, pues además de ser hallado culpable del asesinato del vigilante Ochoa, también fue sentenciado por hurto.

Alias Magencio tiene en su contra dos denuncias por injuria y calumnia, una de ellas de su ex compañera permanente. Los cuestionamientos obedecen a sus confusas declaraciones ante la justicia. Por esta razón, la jueza dejó en claro en su sentencia que la responsabilidad de La Gata y sus nexos con las autodefensas no sólo está basada en las declaraciones de Magencio y sus dudosas retractaciones, sino en otros medios probatorios que demuestran cómo en sus negocios ilícitos estaba respaldada por los grupos de autodefensa.

En particular, la jueza recordó las declaraciones de Jairo Antonio Castillo Peralta, alias Pitirri, quien ratificó las colaboraciones de La Gata con los paramilitares. De igual modo, en el expediente se sumaron declaraciones de otros procesados del paramilitarismo en los que se constata que Enilse López sí fue una activa colaboradora y beneficiaria de los grupos de autodefensa. Consultados los abogados de La Gata sobre la sentencia, omitieron hacer cualquier comentario, argumentando que harán uso de los recursos de ley.