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’Falso positivo’ en Antioquia: Los ‘falsos positivos’ son el principal argumento de quienes se oponen a extender el fuero militar, tema que es actualmente objeto de un agudo debate en el Congreso
Esclareciendo la muerte de Alfredo
Dieciocho años le tomó a la familia Sierra Castilla resolver el caso de su hijo. El Ejército deberá pedir perdón públicamente
Diana Carolina Durán Núñez / Martes 10 de enero de 2012
 

El Ejército no sólo es responsable de la muerte de un hombre llamado Alfredo Sierra Castilla. Y no sólo tendrá que pagarles a su madre, sus ocho hermanos y su hijo una indemnización por haberlo asesinado. El Ejército, en una determinación sin precedentes en relación con los ‘falsos positivos’, tendrá que publicar en un medio de circulación nacional y en otro de circulación departamental una “reseña extensa” en la que se cuenten las verdaderas circunstancias en las que murió este hombre y, además, en esa misma publicación, deberá pedir perdón a su familia por el crimen que, el 24 de mayo de 1994, cometieron tropas del batallón Rifles Nº 29 en Nechí, Antioquia.

Así lo determinó el Consejo de Estado en un fallo divulgado hace unas semanas, contrariando la decisión que el Tribunal Administrativo de Antioquia había tomado a finales de los noventa. El tribunal había aceptado como ciertas las conclusiones de la investigación de la justicia penal militar: que el Ejército no raptó a Sierra Castillo; que sí hubo enfrentamiento entre él, como el subversivo que era, y las tropas del batallón; que el informe presentado dos días después de su muerte por el entonces teniente José Mauricio Sanabria era verídico; que los soldados dieron de baja, en medio de un ataque, a unos “bandoleros”, “antisociales” y “facinerosos”.

Las inconsistencias entre las evidencias y el fallo del tribunal, sin embargo, llevaron al Consejo de Estado a revisar el caso a fondo y a encontrar que la muerte de Alfredo Sierra, junto con la de un hombre llamado Jairo Antonio Calis Sajayo, “fue producto de una ejecución extrajudicial cometida por los miembros del Ejército, que pretendieron encubrir su acción delictiva”.

1. El secuestro de Alfredo

El 21 de mayo de 1994, relataron los dos compañeros de vivienda de Alfredo Sierra Castilla, llegaron a su casa —localizada en el corregimiento de Cargueros, en Nechí— unas personas que nadie conocía y que tampoco se identificaron. “Necesitamos un favor de Alfredo”, dijeron. Alfredo abrió la puerta, escuchó un “¡arriba las manos!”, y vistiendo apenas una pantaloneta blanca se lo llevaron. Era casi la medianoche. Los amigos de Sierra fueron a denunciar lo ocurrido ante el inspector de Policía del corregimiento. También hablaron con el comandante de la base militar de la zona. Éste respondió que el joven de 25 años no había sido detenido por militares.

2. El plagio de Jairo Antonio

El 21 de mayo de 1994, en el mismo corregimiento, cinco soldados llegaron a la casa donde Jairo Antonio Calis Sajayo vivía con su madre, Rosario Sajayo. De acuerdo con el testimonio de la mujer, a su hijo lo encañonaron y, sin mediar palabra, se lo llevaron descalzo, vistiendo un pantalón azul y un saco amarillo. Era medianoche. “No me maten, por favor —suplicaba Jairo Antonio—, que yo no he hecho nada”. A la mañana siguiente el padre del joven, en compañía de un vecino, fue a preguntar por él al batallón. “Aquí no está”, les respondieron. El lunes volvió a ir y volvió a recibir la misma respuesta. Fueron hasta el casco urbano de Nechí. Nadie daba razón del paradero de Jairo Antonio.

3. Aparecieron

Tres días después de la desaparición de los dos jóvenes, los cuerpos fueron trasladados desde Caucasia en chalupas y llevados al cementerio en un camión militar. Uno de los compañeros de vivienda de Alfredo testificó que el cuerpo de su amigo presentaba signos de tortura y una cortada en una pierna. A Jairo Antonio lo identificó una sobrina suya, quien dio aviso a su abuela Rosario. Lo encontraron con un ojo hinchado, “como salido”, un “hueco grande” en la cabeza, otra herida en el pecho y una más en un brazo. Según la necropsia, Alfredo murió a causa de múltiples heridas en el pecho, abdomen y brazo izquierdo, causadas con arma de fuego.

4. Lo que vino después

Cinco días pasaron desde que Jairo Antonio y Alfredo fueron sacados a la fuerza de sus casas hasta que el entonces teniente José Mauricio Sanabria presentó su informe, aseverando que habían sido abatidos en un combate en Palomar, corregimiento de Caucasia (Antioquia). El Consejo de Estado notó, sin embargo, que el Ejército no había entregado pruebas para afirmar que Alfredo o Jairo Antonio eran integrantes de un grupo ilegal. A Jairo Antonio lo conocían como El Limón porque había trabajado con limones. De Alfredo se sabía que era zapatero, artesano y dueño de un establecimiento donde se vendía comida y se organizaban eventos. De nexos con grupos ilegales nada se acreditó.

El alto tribunal descubrió además varias inconsistencias en la versión castrense. Alfredo sostenía una subametralladora, pero las pruebas de absorción atómica indicaron que Alfredo nunca disparó el arma. El reporte del teniente Sanabria afirmaba que el combate había tenido lugar en una hacienda llamada Montecristo, pero no existía ninguna hacienda llamada así en el corregimiento de Palomar. “Carece de todo sentido que una persona sea raptada y posteriormente, sin explicación alguna, se informe de su muerte durante un enfrentamiento con la fuerza pública”, señaló el Consejo de Estado.

Esta alta corte tampoco pasó por alto el hecho de que tanto Alfredo como Jairo Antonio vistieran ambos prendas militares y, debajo de éstas, la ropa que usaban en el momento en que fueron sacados de sus casas. “Tampoco se ajusta a la lógica —señalaron los magistrados del caso— que el señor Sierra Castilla adelantara acciones militares sólo con un pantalón camuflado y unas botas, con el torso y espalda desnudos”. Para el Consejo de Estado, la claridad y uniformidad de las declaraciones y los indicios apuntaban a que un crimen había sido cometido por el Ejército, a pesar de que “es deber del Estado garantizar la protección de los ciudadanos”.

Más aún, los magistrados Ruth Stella Correa, Stella Conto Díaz y Danilo Rojas señalaron su rechazo a “la decisión estatal de sacrificar la vida para mantener el orden o la legalidad mediante el uso de las armas, el cual [no se justifica] como una manera de exterminar a quien se juzga indeseable (...). El derecho a la vida no puede ser reivindicado según el destinatario, pues su respeto debe ser absoluto”. Esta condena contra la Nación habla de indemnizaciones exclusivamente para la familia Sierra Castilla porque fueron ellos, representados por el abogado Javier Villegas, quienes demandaron al Estado.

Este expediente, adelantado por la justicia penal militar —los alcances del fuero militar aún son objeto de un polémico debate en el Congreso—, deberá ser enviado a la Fiscalía. El Consejo de Estado quiere que se establezca también quiénes fueron los responsables de los asesinatos.