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Declaración pública de la audiencia sobre falsos positivos en el sur de Colombia. Pitalito, 24 de enero de 2014
570 víctimas de "falsos positivos" en Huila y Caquetá durante los últimos 10 años
Corporación Caguán Vive / Viernes 14 de febrero de 2014
 

Las víctimas, representantes de organizaciones y asistentes en general a la AUDIENCIA PÚBLICA POR LA VERDAD SOBRE FALSOS POSITIVOS EN EL SUR DE COLOMBIA, reunidos en Pitalito, el 24 de enero de 2014 declaramos:

En Colombia, el término Falsos Positivos o Ejecuciones Extrajudiciales está enmarcado en el conflicto interno y hace referencia a las veces que miembros del ejército u otros agentes del estado, han presentado cuerpos de civiles como si fueran de guerrilleros y/o delincuentes muertos en combate. Las organizaciones defensoras de derechos Humanos cuentan aproximadamente 4.000 víctimas de ejecuciones extrajudiciales a nivel nacional, ocurridas en su mayoría entre los años 2000 – 2010.

En la primera década de este siglo se han registrado entre los departamentos de Huila y Caquetá 570 víctimas de ejecuciones extrajudiciales. 319 de las cuales pertenecen a hechos que ocurrieron en el departamento del Huila, entre los que se encuentran 233 casos investigados por la Fiscalía; los municipios con mayor número de casos fueron Pitalito, Garzón, La Plata, Acevedo, Gigante y Neiva . Por su parte en el departamento del Caquetá entre los años 2001 y 2011 fueron reportados por la Fiscalía 251 casos de ejecuciones extrajudiciales, las cuales se concentraron en un 66% entre los municipios de Florencia, Puerto Rico, San Vicente del Caguán, La Montañita y San José de Fragua.

La Novena Brigada del Ejército Nacional opera en el departamento del Huila y en Caquetá específicamente en zona rural de los municipios de San Vicente del Caguán y Puerto Rico, está compuesto por cinco batallones de combate. De éstos, Los batallones Magdalena y Cacique Pigoanza fueron responsables por la gran mayoría de ejecuciones reportadas para la brigada. Las ejecuciones en el Huila se concentraron entre los años 2006-2008, dos de cada tres de las ejecuciones reportadas ocurren durante esos tres años, 30% de ellas en 2007.
La mayor proporción de ejecuciones extrajudiciales en el Huila, se dio en el año 2007 con 97 ejecuciones reportadas como cometidas por la Novena Brigada, 69 de esos hechos fueron atribuidos a los Batallones Pigoanza y Magdalena y ocurrieron bajo el mando del entonces Teniente Coronel Jaime Lasprilla Villamizar recientemente nombrado comandante de la fuerza de Tarea Conjunta OMEGA y William Perez Laiseca.

Tanto preocupa la asistencia militar de los Estados Unidos a las unidades militares colombianas y su relación con el incremento de violaciones a los derechos humanos, como los altos niveles de impunidad; según datos suministrados por la Fiscalía Nacional en 2013, de las 200 ejecuciones registradas por la Fiscalía como ocurridas en Huila, 149 de ellas – 75% - están en etapas preliminares - previa o indagación. Solamente ocho ejecuciones han llegado a juicio – es decir, para
4% de los casos. Es de subrayar que el promedio del tiempo que haya pasado entre las ejecuciones y este estado de cosas es siete años. Además, para cinco de los ocho ejecuciones agrupadas en un solo caso, hubo un sólo soldado condenado y seis absueltos. A nivel nacional, la Fiscalía ha avanzado los casos de ejecuciones con un ritmo mayor: 7% han llegado a sentencias, y 54% se quedan en investigación preliminar.

Al respecto un fallo del Consejo de Estado recuerda que cuando el estado no toma las medidas necesarias para prevenir y castigar las ejecuciones extrajudiciales cometidas por agentes estatales, se incumplen las normas de derecho internacional.

“si los respectivos casos no son debidamente estudiados y decididos por las instancias judiciales de los respectivos países, entonces los daños que sean causados por motivo de ese incumplimiento serán, eventualmente, materia de análisis de responsabilidad en las instancias judiciales del sistema internacional de derechos humanos”, señala la decisión.

Efectos psicosociales de las ejecuciones extrajudiciales

Las ejecuciones extrajudiciales parten de la intencionalidad macabra del victimario de aislar al otro, de privatizar el daño, de presentar la violación como un hecho estrictamente personal, cuando en realidad el hecho violatorio despliega una afectación que trasciende lo psicológico e impacta toda una dinámica social, un proyecto político, una ideología, un proyecto de sociedad.
Este acontecimiento traumático genera en las familias y en su contexto social comunitario una fragmentación. La ausencia de la víctima, constituye la presencia concreta de los acontecimientos, las situaciones y la figura inolvidable de la víctima y los responsables llevan a revivir constantemente el dolor. A su vez, la estigmatización que han debido enfrentar dificulta mucho más los procesos de afrontamiento de la realidad y afecta su sentido más básico de convivencia social al experimentarse ultrajados por quien se supone en el orden nacional debe proteger y garantizar sus derechos.
Pero este crimen de estado, no solo involucra a las familias y las víctimas, también a la sociedad en general, la cual se ve enmarcada en un proceso de polarización social, sentimiento de inseguridad permanente ante la mentira institucionalizada y finalmente un proceso de militarización psicosocial en donde se naturalizan y se justifican estos crímenes que configura un proceso de deshumanización, entendido como el empobrecimiento de cuatro importantes capacidades del ser humano: la capacidad de pensar lúcidamente, la capacidad de comunicarse con veracidad, sensibilidad frente al sufrimiento ajeno y la esperanza.

Propósito de la audiencia

Con el objetivo de visibilizar la lucha de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales de los departamentos del Huila y Caquetá por alcanzar el goce efectivo de sus derechos a la verdad, justicia y reparación, buscamos dar a conocer ante la opinión pública el estado actual de varios casos de ejecuciones extrajudiciales que llevan años en el sistema judicial tanto las demandas penales como administrativas, y que bajo las disposiciones que se intentaron establecer en el ACTO LEGISLATIVO 02 DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2012 “Por el cual se reforman los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política de Colombia”, podrían salir de la justicia ordinaria y pasar
a la justicia penal militar. Y que si bien la corte constitucional argumentando vicios de forma declaro inexequible, al no plantear un debate de fondo a dicha reforma, dejó la posibilidad de subsanar dichos vicios y presentarla nuevamente sin modificar su texto.

La lucha de las víctimas de las ejecuciones extrajudiciales en el sur del país en contra de la impunidad, está siendo silenciada y llevada al anonimato, el estado colombiano como responsable
directo de las ejecuciones extrajudiciales, intentó, con el artículo 4 transitorio del acto legislativo del 27 de diciembre de 2012, abrir caminos para que todos estos delitos, propiciados por el gobierno nacional fueran juzgados por miembros activos y en retiro de las fuerzas militares, o sea que la misma institución que tenía entre sus filas a los victimarios, fuera quien determinara el acceso a la justicia para las víctimas. Pero esta posibilidad con la declaratoria de la corte sólo ha quedado congelada ya que el gobierno nacional no tardó en expresar su interés en presentar nuevamente la reforma.
Es así que por medio de esta audiencia se busca contribuir a que se pueda esclarecer el camino hacia la verdad y la justicia, como una acción para lograr la paz sostenible y duradera que tanto necesitamos los colombianos.

EXIGENCIAS

•Que se retomen por la justicia ordinaria los procesos de investigación en los casos en que justicia penal militar ha proferido auto inhibitorio sin individualizar a los responsables de las ejecuciones extrajudiciales, llevadas a cabo por miembros activos de las fuerza militares.

•Que el gobierno nacional deje de proferir proyectos de ley que beneficien la impunidad sobre los casos de ejecuciones extrajudiciales, que por el contrario, promueva iniciativas legislativas que busquen la garantía inmediata a los derechos de justicia, verdad y reparación integral de manera particular a las víctimas, a las de este tipo de delitos.

•Que la cooperación del gobierno de los Estados Unidos deje de estar orientado a la asistencia militar que ha favorecido que se violen los de derechos humanos en Colombia.

•Que se desarrollen las acciones administrativas al interior de las instituciones estatales, para que se den plenas garantías de que este tipo de delitos no vuelvan a presentarse en nuestro país.

•Que se tomen las medidas institucionales necesarias para garantizar la seguridad y protección a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales. Hacemos un llamado especial a la defensoría del pueblo y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos, para que velen por que no se vulneren los derechos de las víctimas que han participado en esta Audiencia.

•Que la fiscalía general de la nación informe a las víctimas de manera precisa el estado actual de los procesos de investigación y judicialización de cada uno de las ejecuciones extrajudiciales
presentadas en el sur de Colombia. Que se establezca una unidad nacional encargada específicamente de la investigación de los casos de ejecuciones extrajudiciales.

•Que se repare de manera integral a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales garantizando se resarza el buen nombre de las personas asesinadas bajo esta práctica sistemática y que fueron vinculados a actividades delictivas y actores armados ilegales.

•Que los procesos administrativos tengan prioridad en los distintos juzgados donde se adelantan, para que las reparaciones por este tipo de delitos lleguen de manera rápida a las víctimas.

•Que la unidad de victimas establezca una ruta especial que garantice el acceso a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, a sus derechos al reconocimiento de su condición de víctimas, a la atención humanitaria y psicosocial, a la participación en la construcción de la política pública en favor de las víctimas en los distintos niveles y a la reparación integral.

•Que el ministerio público organice jornadas especiales para la toma de declaraciones a las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, y que se oriente a todos los personeros municipales para que reciban sin ningún tipo de trabas, ni condiciones las declaraciones frente a este tipo de victimización.
La audiencia contó con la presencia de 300 personas, entre víctimas, miembros de organizaciones, delegados de instituciones y periodistas; esta declaración final la suscribieron 20 organizaciones asistentes.

Organizaciones participantes:

1. VIUMPA

2. MESA MUNICIPAL DE VICTIMAS - NEIVA

3. JAC PITALITO

4. HUMANIDAD VIGENTE

5. ADIH PITALITO

6. REINICIAR

7. CPDH

8. MADRES DE SOACHA

9. CINEP

10. CORPORACION CAGUAN VIVE

11. FUNAMI

12. ACHECOL

13. ASOCIACION LAS GAVIOTAS

14. MESA DPTAL DE VICTIMAS

15. CAMARA DE REPRESENTANTES (HERNANDO HERNANDEZ)

16. MOVICE

17. COMUNIDAD TAO INTERNACIONAL

18. OBSURDH

19. OCAEDH SAN AGUSTIN

20. OBSURDH